Diputada Bravo destacó aprobación de ley que crea nuevos requisitos de acreditación para organismos colaboradores de infancia.

Para asegurar el buen trato a menores en riesgo social.
Tras su paso por el Parlamento fue despachada a ley la iniciativa que amplía el plazo de
acreditación de los organismos colaboradores ante el Servicio Nacional de Protección
Especializada a la Niñez y Adolescencia (Mejor Niñez), de modo que tengan un periodo
razonable de tiempo.
También se establece una gradualidad en la causal de inhabilidad para acreditarse,
relativa al incumplimiento de la legislación laboral y previsional; y se agrega una norma
transitoria para regular la aplicación temporal de la inhabilidad.
En lo sustancial, se aprobó que el plazo de acreditación se fije en 18 meses y no en un
año como la ley hoy lo indica. De acuerdo a la normativa vigente, los llamados
Organismos Colaboradores Acreditados (OCAs) debían cumplir con dicha tarea en
octubre de este año.
Así lo destacó la Diputada por Los Ríos, Ana María Bravo.
La iniciativa establece que cada 4 años, desde la fecha en que se dictó el acto
administrativo que otorgó la acreditación, todos los colaboradores deberán solicitar la
reevaluación de su acreditación.
En caso de rechazarse la petición, el afectado podrá solicitar, por una sola vez, una nueva
reevaluación de sus antecedentes ante el Servicio y para ello, tendrá un plazo de 30 días.
Asimismo, se señala que el Director Nacional del Servicio podrá revocar la acreditación
mediante resolución fundada, en el caso de que los colaboradores no inicien el proceso de
reevaluación de su acreditación en el plazo señalado.
Finalmente, se dispone que los colaboradores acreditados por el Sename que, a la
entrada en vigencia de esta ley, estén reconocidos como tales, deberán acreditarse en un
período de 18 meses. Mismo plazo se establece para las entidades coadyuvantes del
Sename que no estén acreditadas.